martes, 30 de junio de 2015

ACTIVIDADES REALIZADAS Y POR REALIZAR EN LA "ABAL"




ACTIVIDADES REALIZADAS POR LA ASOCIACIÓN BOLIVIANA DE ABOGADOS LABORALISTAS – ABAL, EN EL PRIMER SEMESTRE DE 2015

1.    Formación académica.- Abogados y dirigentes sindicales nos hemos inscrito en el “·Curso on line sobre Derecho Social, en la Escuela Sistémica Latinoamericana y Caribeña de Derecho Social” se coordina el curso en cuanto a lecturas y trabajos con los dirigentes sindicales.

2.    Capacitación a trabajadores.-
·      En el mes de enero en La Paz, se dio un Curso en la Federación Departamental de Trabajadores Fabriles de La Paz, sobre derechos fundamentales y derecho colectivo del trabajo, dirigido a los Secretarios Generales de los sindicatos de base (aproximadamente 70 sindicatos)
·      El 29 de mayo de 2015 en la ciudad de Santa Cruz, se capacitó al Comité Ejecutivo de la Federación Departamental de Trabajadores Fabriles de Santa Cruz, sobre  “Pliego de peticiones y reclamaciones” en coordinación con la Jefatura Departamental del Trabajo de Santa Cruz y la participación de abogados laboralistas de esta ciudad (aproximadamente 50 asistentes)
·      En fecha 1º de junio de 2015 en la ciudad de La Paz, se capacitó a los trabajadores del Sindicato de Trabajadores TUSEQUIS en derechos laborales (aproximadamente 40 asistentes)

3.    Asesoramiento jurídico.-
·      Durante el mes de enero de 2015 se brindó asesoramiento jurídico gratuito a los sindicatos de base del sector fabril, en la elaboración de sus pliegos de peticiones y de reclamaciones (aproximadamente 25 sindicatos)
·      Se está asesorando en forma gratuita en relación a acciones de amparo constitucional, que se inician en contra del derecho de asociación de los trabajadores, que interponen algunos trabajadores impulsados por la parte empleadora para generar “paralelismo sindical”
·      Abogados de la ABAL también brindan asesoramiento permanente en temas laborales a los sindicatos, .

4.    Blog de la Asociación Boliviana de Abogados Laboralistas “ABAL”.- Se ha creado un Blog de nuestra organización en el que se difunden temas en materia laboral, está al acceso de trabajadores, abogados y estudiantes de las Carreras de Derecho.

5.    Proyectos de normas laborales.- En coordinación con la Federación Departamental de Trabajadores Fabriles de La Paz y la Confederación General de Trabajadores de Bolivia, se elaboran proyectos de leyes, decretos supremos y resoluciones ministeriales para ser presentados a instancias del Gobierno, entre lo que podemos resaltar:
·      Se ha elaborado el Proyecto de Ley de “Procedimiento de reincorporación de trabajadores y trabajadoras despedidos por causas no justificadas”, se ha puesto a consideración del Gobierno.
·      Se ha revisado el Proyecto de Resolución Ministerial sobre los Reglamentos Internos de Trabajo

ACTIVIDADES PREVISTAS  POR LA ASOCIACIÓN BOLIVIANA DE ABOGADOS LABORALISTAS – ABAL, PARA EL SEGUNDO SEMESTRE DE 2015

1.    Revista jurídica.- Se debe elaborar una Revista Jurídica de la ABAL de distribución gratuita, en forma mensual o bi mensual que asesore a los trabajadores y oriente la nueva perspectiva del Derecho Laboral en Bolivia y Latinoamérica.

2.    Jornadas laborales.- Se tiene previsto en el mes de septiembre realizar en la ciudad de La Paz y en el mes de octubre en la ciudad de Santa Cruz realizar unas “Jornadas Laborales” en la que se expongan temas de actualidad en el campo de las relaciones laborales, individuales y colectivas.

El lugar del evento en La Paz, esta sugerido en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas y en Santa Cruz en la sede de la Central Obrera Departamental o de la Federación Departamental de Trabajadores Fabriles de Santa Cruz.

3.    Observatorio laboral.- Crear y diseñar el funcionamiento de un observatorio laboral que haga seguimiento ordenado y sistemático a:
·      Sentencias, autos de vista y autos supremos en materia laboral
·      Sentencias constitucionales en el área social
·      Normas laborales (leyes, decretos, resoluciones ministeriales)
·      Otros temas como niveles salariales, cumplimiento de derechos laborales, niveles de seguridad e higiene en las relaciones laborales con referencia a la salud ocupacional.

4.    Consultorio jurídico permanente en las ciudades de La Paz y el Alto.- Se buscará en coordinación con las organizaciones sindicales establecer al menos un consultorio jurídico en la ciudad de La Paz y otro en El Alto, para que brinden asesoramiento jurídico permanente a trabajadores individualmente y a los sindicatos en conflictos colectivos de trabajo.

5.    Capacitación a los trabajadores.- Se continuará la capacitación a los trabajadores sobre todo a dirigentes de base, así como a los comités ejecutivos de las federaciones de trabajadores a nivel nacional, teniendo en puertas Oruro y Potosí.

6.    Ley General del Trabajo.- Se insistirá junto a los trabajadores en las gestiones para aprobar una nueva Ley General del Trabajo que refleje el actual espíritu de la Constitución Política del Estado


Hernán Clavel Salazar
PRESIDENTE ABAL

miércoles, 24 de junio de 2015

PONENCIA Dr. Maximiliano Nalg Garcez - Brasil "LA AMENAZA DE TERCERIZACIÓN Y OTROS RETOS Y PERSPECTIVAS DE LOS TRABAJADORES: PROPUESTAS PARA LA ACCIÓN Y REFLEXIÓN"


LA AMENAZA DE TERCERIZACIÓN Y OTROS RETOS Y PERSPECTIVAS DE LOS TRABAJADORES: PROPUESTAS PARA LA ACCIÓN Y REFLEXIÓN
Maximiliano Nagl Garcez (Brasil)

Abogado y Consultor sindicatos. Director de Asuntos Legislativos de la Asociación de Abogados Laboralistas de América Latina - ALAL. Máster en Relaciones Sociales Derecho UFPR. El ex becario Fulbright e Investigador-Invitado en la Escuela de Derecho de Harvard.

1. El contexto histórico e ideológico de los derechos laborales flexibles adoptadas por FHC (y todavía con el apoyo de sectores del parlamento).

El mundo del trabajo introdujo cambios radicales en las últimas décadas. Otros numerosos cambios, principalmente debido a la tecnológica y la disminución del número de innovaciones trabajos tradicionales pueden cambiar sustancialmente las relaciones de trabajo en un futuro próximo.

El fallecido Milton Santos analizó correctamente como la modificación impuesta por el mercado en los conceptos de tiempo y espacio termina contaminando todas las esferas de la vida social, y en consecuencia, las relaciones entre el capital y el trabajo.[1]

Tales modificaciones se ha demostrado que a menudo terrible para los trabajadores. El diario Folha de São Paulo, 06/03/2000, tenía el siguiente titular: "Los mercados celebran el alto desempleo." Tal noticia relacionada con el alto desempleo en los Estados Unidos hasta el 4,1% con el aumento de las bolsas de valores: "El mercado de América hizo fiesta para la inesperada noticia de que más estadounidenses perdieron sus empleos en mayo."
Desafortunadamente, el alto nivel de desempleo puede significar motivo de celebración para una parte del gran capital (sobre todo para las élites más cortos-prazistas y sumisos), y consisten en factor relevante para la continuación y mejora del sistema de producción actual.

Un alto número de desempleados se asegura un "ejército de reserva laboral" que permite el mantenimiento de los salarios en los niveles de minutos y debilita los sindicatos y la organización de trabajo. No es de extrañar que los grandes medios de comunicación brasileños no puedan ocultar un cierto malestar con la creciente disminución del desempleo en Brasil en los últimos años.

El simple uso de la lógica del mercado en el análisis del mundo del trabajo, como lo hizo Fernando Henrique Cardoso durante sus dos mandatos (y como una parte considerable del Congreso sigue defendiendo), trae consigo el riesgo de dar marcha atrás en los avances democráticos y republicanos y demuestra el carácter nefasto del proyecto neoliberal (que todavía resuena en los sectores conservadores de nuestra sociedad, a pesar de los trágicos resultados que trajeron a América Latina en los años 90, y ahora se mantienen con Europa).

Según Skinner, "la indicación más clara de que una sociedad ha entrado en la posesión consciente de un nuevo concepto, supongo, es la generación de un nuevo vocabulario en términos de que el concepto se articula y debatido."[2] Una parte de la sociedad brasileña demuestra asimilado conceptos insensibles e inhumanos de la eficiencia, la opresión, la productividad y el modo de avance tecnológico. El siguiente anuncio es paradigmático de esta situación: "perfil Psicólogo Organizacional: soltero, de entre 25 y 30 años, (...) el tiempo total y de viaje disponibles, no fumador." (Gazeta do Povo, de Curitiba, 15 de abril de 2001, los trabajos del contrato).

El anuncio de la oferta de trabajo anterior refleja un estándar ampliamente utilizado en la primera década de este siglo, y que todavía, lamentablemente persiste. Cabe señalar no sólo la naturaleza exclusiva del proceso de selección de candidatos, sino también una enorme invasión de la privacidad de los mismos. La notificación requiere que el candidato sea de un sexo determinado, la hembra (ausencia de relevancia de cara a la función que se desarrolla); que cabe en un estado civil determinado, de soltera; a abdicar de su vida privada, ya que debe tener disponibilidad de tiempo completo, y también a renunciar a su derecho a fumar fuera de los locales del lugar de trabajo como debe ser no fumador.

Estos requisitos, además de ataques a la privacidad de los solicitantes, son manifiestamente ilegales, y demuestran el grado de degradación de los derechos de los trabajadores en nuestro país, no es tanto el punto de vista formal, pero sobre todo con respecto a los valores hegemónicos todavía en clase ejecutiva y nuevos capataces (como directores generales, altos dirigentes, gerentes, etc). Cualquier análisis de los planes de estudios de MBA en Brasil permitirá comprobar la persistencia de esos valores.

Los profundos cambios en la economía mundial, y en particular la capacidad del capital y de los grandes medios de distorsionar la realidad, creando serios problemas para el mundo del trabajo: "... deformado bajo la forma perversa de 'empleo', basado en el trabajo la civilización occidental, que controla todo el planeta. Se confunde hasta el punto de que con ella, mientras que se vaporiza, sus raíces, sus pruebas nunca se cuestionó, y mucho menos su necesidad. ¿No será que, en principio, rige toda la distribución y por lo tanto toda la supervivencia? Intercambios ovillos que resulten de ella nos parecen tan innegablemente vital como la circulación sanguínea. Pero estos esfuerzos, tomadas en nuestro motor natural como la regla del juego que sirve a nuestro paso a estos lugares extraños, en los que cada uno de nosotros está destinado a desaparecer, no pasa cuerpo hoy carece de sustancia".[3]

El discurso de los derechos sociales más flexibles las consecuencias de la utilización de las últimas tecnologías para justificar el mantenimiento de altas tasas de desempleo, con la existencia de un gran número de trabajadores que trabajan de manera precaria. A través de los derechos laborales flexibles, reduciendo el carácter tutelar del sistema de protección laboral, Brasil y varios países de América Latina y Europa en los 90 realizados precarizantes cambios en la legislación, argumentando la necesidad de adaptarse a la economía local dictados de la globalización.

Parte de las reformas laborales propugnados por FHC se basa en la eliminación de la protección del Estado en el ámbito laboral, a fin de permitir que la lógica de que el hombre por sí mismo imperase. La modificación de diseño FHC desafortunado del art. 618 del Código del Trabajo (PL 5483/2001 - que cotiza en la legislada), que ambas organizaciones de la sociedad civil, de disgusto, es un ejemplo de esa actitud. Afortunadamente, el ex presidente Lula envió al Congreso durante los primeros meses de su mandato, con el objetivo de retirada del mensaje.

Tales propuestas neoliberales de debilitamiento del Estado hay que olvidar que el "gran descubrimiento de la ley en la modernidad como una función social, es la existencia de la ley como un límite que se impone a su antojo; la gramática como el vínculo social".[4] Con la supremacía del discurso neoliberal, el mercado tiene como objetivo ser el fundamento de todas las relaciones sociales.

Sin embargo, la etapa actual del capitalismo internacional exige una postura ética nacional y una actitud audaz del estado: "Mientras que la modernidad ganar nuevas habilidades y nuevas dimensiones, con la creciente globalización de la economía, las tendencias agravantes que estaban en el interior, ya que su inicios, la exclusión es una amenaza real y directa a la modernidad, la destrucción de uno de sus espacios esenciales, la igualdad. En la superación de las tendencias de la exclusión, por lo tanto, se encuentra la posibilidad de redefinición de la modernidad, lo que requiere, paradójicamente, una mayor realización de la nación-estado. Ninguna regla del Derecho y sin ética, que interviene en los procesos económicos, la modernidad tiende a desaparecer. Y en esto se revela la influencia indirecta de la globalización en el proceso de agotamiento de la modernidad, ya que elimina los poderes del Estado, se deshilacha simultáneamente aparte fuera (internacionalización de la producción) y hacia abajo (control del crecimiento de la desigualdad)".[5]
Las diversas amenazas a los derechos de los trabajadores están entrelazados con cuestiones políticas y socioeconómicas actuales, que no deben dejarse de lado, bajo pena de ser estéril y cambió el debate de la realidad social. Por lo tanto, los cambios estructurales de la economía (y en consecuencia el modo de organización de la producción) y la profundización del proceso de globalización tienen un profundo impacto en las relaciones laborales e implican cambios y un empeoramiento del problema.

En medio de tales circunstancias, existe una tensión entre el neoliberalismo y la democracia, que en última instancia también afecta a las relaciones laborales. Por tanto, es esencial para demostrar permanente para que pueda competir eficazmente a escala mundial, incluso (y yo diría que sobre todo) sin ceder al chantaje y falacias del discurso neoliberal.

Paradójicamente, y ante el asombro y la indignación de los principales comentaristas de los medios eran exactamente las medidas contrarias al proyecto neoliberal que permitió a Brasil durante los gobiernos de Lula y Dilma crecer (mientras que la distribución de los ingresos y reducir la desigualdad), incluso en un contexto internacional adverso . Como ejemplo de esas medidas destacan:

a) La política continua y permanente de los aumentos reales del salario mínimo, que fue en parte responsable de los avances en la negociación colectiva en varias categorías;

b) Los programas sociales robustas como Bolsa Familia, que disminuyó la pobreza y el aumento del consumo;

c) Mecanismos para el acceso de los sectores más pobres de la población a la educación superior, las dimensiones tanto públicas como privadas, y sociales, ProUni y la creación de decenas de nuevas universidades federales.

En este contexto, la crítica Catharino los efectos del neoliberalismo resulta más apropiado: "Los efectos prácticos del neoliberalismo están demostrando ser más como su abuelo - el liberalismo típica u ortodoxa, sin interés directo para el ser humano de carne y hueso, cómo el trabajador. Estos efectos resultan del antihumanismo del neoliberalismo económico (...) y el costo social. Estos efectos adversos sólo los ciegos y para que cierren sus ojos no ven, o, lo que es peor, ellos conocen y consideran secundario e irrelevante, porque son el "precio" del progreso económico, servido por la tecnología".[6]

Y el contexto antes mencionado influye en gran medida las condiciones de trabajo: la lógica hegemónica del mercado, así como el debilitamiento de las instituciones democráticas, permite a la compañía para convertirse en el medio ambiente aún más autoritario, mediante la implementación de cruel y sofisticada opresión del trabajador.

2. Los derechos laborales flexibles no crean puestos de trabajo

El mecanismo presentado por los defensores de recortar los derechos laborales se encuentra en la presentación de un falso dilema: la defensa del binomio de los derechos laborales, y en consecuencia, el supuesto resurgimiento de desempleo en comparación con la relajación y la supresión de los derechos laborales, lo que traería el desarrollo económico, aumento de la competitividad y la creación de empleo.

Este "dilema" es el resultado de repetidas ad nauseam por los principales mentiras de los medios. La empresa, para ser eficiente, no necesita necesariamente reducir los derechos laborales y el poder para oprimir a los trabajadores de la manera que él quiere. La flexibilidad laboral tiene como objetivo permitir que efectivamente las empresas a contratar más empleados? Cómo sentido y una protección adecuada de los derechos laborales socavaría el desarrollo económico de la empresa y Brasil?
Lo que hemos visto en los últimos años en nuestro país es exactamente lo contrario. Por ejemplo: una política de incrementos reales del salario mínimo sirve para aumentar el consumo de los hogares y, por tanto, acelerar el desempeño de la economía, la creación de más puestos de trabajo. Y fue sobre todo la fuerza del mercado de consumo interno que permitió a Brasil a salir de la grave crisis internacional de 2008 mucho más rápido y menos doloroso que los países que adoptaron el tiempo que el modo neoliberal.

No existe un estudio que muestra la correlación entre la flexibilidad de los derechos laborales y un aumento en el número de puestos de trabajo. El ejemplo histórico de países como Argentina y España, que han llevado a cabo reformas en su legislación laboral en 90 años, con un énfasis en el trabajo temporal, es evidencia de lo contrario. Estos países han establecido en sus jurisdicciones diversas formas de precarias condiciones de trabajo y la reducción de sus costos; sus resultados fueron un incremento radical en el volumen de negocios de la mano de obra y un reemplazo de la modalidad contractual por tiempo indefinido el temporal. Tales medidas fracasaron y la tasa de desempleo se mantuvo en un nivel de alrededor del 20%
3. La amenaza de la expansión de la subcontratación
La situación vivencida por la mayoría de los trabajadores brasileños es mucho mejor hoy, después de dos mandatos del gobierno Lula y parte del gobierno de Dilma, que el gobierno de Cardoso.

Sin embargo, los avances en la ley de derecho del trabajo eran tímidos, y persisten varias amenazas a los derechos de los trabajadores ante el Congreso.

La principal causa de esta situación radica en el hecho de que el número de diputados de negocio, que ya era bastante alto en la anterior legislatura, se hizo aún mayor, como se destaca el Diap:
 
• La banca empresarial fue 219-273 en la legislatura de 2007 a 2010 miembros en la legislatura de 2011 a 1014 (246 diputados y 27 senadores). De los 219 empresarios, 137 fueron reelegidos, lo que demuestra que es un banco con experiencia;
• Los empresarios son el 45% del Congreso, y por separado, 47.95% y 33.33% de la Cámara de Senado.
• Varios otros parlamentarios integran banco de la empresa sin ser empresarios (fácilmente identificados a partir de sus donantes de campaña);
• El banco de la unión, que estaba a sólo 61 legisladores (54 diputados y siete senadores) tuvo un ligero aumento en la legislatura 2011-2014: 68 diputados (62 diputados y 6 senadores).

Para demostrar el vigor con que la derecha ha tratado de los derechos de los trabajadores precarios en el Congreso, presento el ejemplo más preocupante de la externalización:

El PL 4330, el Sr. Sandro Mabel, es una terrible y profunda reforma laboral precarizante, y consideran que la lucha contra tal proposición debe ser una prioridad del movimiento obrero. Creado el Comité Especial en la Cámara de Representantes, la gran mayoría de los componentes empresariales tales Comité aprobó el Sustituto que permite la subcontratación en cualquier actividad de las empresas (incluso en actividades similares), con la creación de empresas con una sola entidad jurídica y no trabajadores. Esta propuesta también permite quarteirizar y quinterizar, y no ofrece igualdad de derechos y contratistas contratados directamente y su aprobación haría serio asalto a los derechos laborales y el movimiento sindical.

 El PL abiertamente inconstitucional, se encuentra actualmente en la Comisión de Constitución y Justicia de la Cámara de Representantes. Yo creo que la externalización desenfrenada e ilegal defendida por PL 4330 trae muchas pérdidas no sólo a los trabajadores y los sindicatos, sino también a toda la sociedad. Estos son algunos:

- Paradójicamente, fue gracias a la fábrica, creado por la clase dominante, hizo posible la creación de la ley de empleo. A medida que el prof enseña. Marcio Tulio Viana, la fábrica ensambla los oprimidos en un espacio dado, y ellos pueden aprender a ver y reconocer unos a otros, y también aprender a luchar por un mundo mejor.

Por lo tanto, la clase dominante siempre pensaba en la manera de superar este encuentro, que nació de la rebelión que dio a luz a la derecha ("la lucha es la ley"). La subcontratación también tiene como objetivo superar esta contradicción, la cual dio a luz a vivir y el derecho laboral, en la medida en que aísla los trabajadores en diferentes lugares y situaciones, evitando que convivir con los demás y saber que la exploración y el resultado final de su trabajo;

- La destrucción de la capacidad de los sindicatos para representar a los trabajadores, de generación, de acuerdo con el TST, "el debilitamiento de la profesión de electricistas, antes de rociar las actividades relacionadas con el sector eléctrico y la consiguiente multiplicación del número de empleadores" (E-RR- 586 341 / 1999.4); aunque dicha sentencia se dictó en la discusión del proceso de externalización en el sector eléctrico, creo que ese argumento se puede aplicar también a otras categorías;

- Los rendimientos negativos en la Seguridad Social y del FGTS impactos, teniendo en cuenta que los salarios medios de los trabajadores subcontratados y quarteirizados (o incluso "quinteirizados" y "sexteirizados", como se ha encontrado en el sector petrolero) son más pequeños que los trabajadores con contrato de trabajo por tiempo indefinido. Por lo tanto, el trabajo subcontratado reduce la cantidad de compensación de trabajadores y reemplaza el modo contractual típico, convirtiendo el trabajo en el subempleo, la disminución del poder adquisitivo de los empleados y la colección de la Seguridad Social, y las cantidades depositadas en la FGTS (utilizado principalmente para el saneamiento básico y vivienda);

- La inseguridad laboral y el desempleo. La supuesta "generación de nuevos puestos de trabajo" para el outsourcing es una falacia: lo que ocurre con un fenómeno como es el despido de los trabajadores, con su sustitución por "subempleados". Véase el ejemplo de Argentina y España en los años 90, que hemos analizado en el apartado anterior. Si bien el desempleo siguió aumentando, también lo ha hecho la descalificación de la mano de obra, con pérdidas en la productividad, la recaudación de impuestos y toda la sociedad. Es decir, se mantuvo altas tasas de desempleo, aunque sea a costa de la reducción de los derechos laborales;

- Aumento en el número de accidentes de trabajo (muchos fatalmente) participación de los trabajadores subcontratados, como expertos y sindicalistas se manifestaron durante la audiencia pública celebrada en TST año pasado;

- Las pérdidas para los consumidores y la sociedad, ante el profundo deterioro de la calidad de los servicios en las áreas de telecomunicaciones, banca, energía, agua y saneamiento (como debidamente acreditados por varios panelistas en la audiencia pública en TST);

- Creación de empresas prestadoras de servicios de fachada, con la consiguiente quiebra, o la mera desaparición de día a noche, dejándola trabajadores indefensos, y causando daño a toda la sociedad, debido al impago de las contribuciones al INSS y FGTS;

- Existencia de diferenciación ilegal entre ese empleado de forma indefinida, y que "externaliza": salarios más bajos, más horas y otras condiciones de trabajo precario;

- Impedimentos sociales e indiscriminado cuaterizacion. La ausencia de un sistema adecuado de protección y realización de los derechos de los trabajadores, al que asistieron un gran número de trabajadores precarios, sin vinculación permanente, afecta a todas las sociedades, erosionando las relaciones sociales y el trabajo degradante: "Con las nuevas reglas de la libre la competencia, la incertidumbre de la vida sentimental se extendió a la vida profesional. Cualquier asociación se convirtió en precaria.

 La presencia de otro ya no plantea llamamiento a la colaboración, pero el deseo de instrumentación. Conviértete en una multitud anónima, sin rostro, raíces o futuro común. Y si tuviera carácter provisional si todo fue despojado de la dignidad que nos hizo querer hacer lo correcto, ¿quién o qué se puede apreciar el "carácter moral" de alguien? En la cultura de la "flexibilidad", como se dice en la jerga neoliberal, o fingir creer en los valores que ya no existen o creen verdaderamente en espejismos - y la alienación es aún mayor. Aislado de la opinión pública por la pasión de los intereses privados, y el más cercano afectivamente, la degradación del trabajo y la volubilidad sentimental, yerran hacia nada ni nada. "(COSTA, Jurandir Freire. Strayed carácter. Folha de São Paulo , São Paulo, 25 de junio 1999 Notebook Más, p 3)!;

- La dignidad del trabajador o subcontratado cuaterizado resulta ser violado en un contexto social tan degradada, que llevaba el tejido social y la prevención de la construcción de una sociedad más justa y democrática: "¿Cómo puede perseguir objetivos a largo plazo en la sociedad a corto fecha tope? ¿Cómo puede mantener relaciones duraderas? ¿Cómo puede un ser humano desarrollar una narrativa de la identidad y la historia de la vida en un compuesto de episodios y fragmentos de la sociedad? Las condiciones de la nueva economía de la alimentación, a diferencia de la experiencia con la deriva en el tiempo, de lugar en lugar, de trabajo en trabajo. Si tuviera que explicar con más detalle el dilema Rico, diría que el capitalismo erosiona a corto plazo a su personaje, en particular las cualidades de carácter que conectan los seres humanos entre sí, y dar a cada uno de ellos un sentido sostenible de la identidad ". (SENNETT, Richard la corrosión del carácter: las consecuencias personales del trabajo en el nuevo capitalismo Trad Marcos Santarrita Río de Janeiro: ... Record, 1999, p 27).

4. Conquistas recientes de los trabajadores

 En los últimos años, se han promulgado leyes en algunos avances que se han obtenido para los trabajadores. Se destacan las siguientes:

- Ley 12.382 del 02/25/2011, que creó una política de revalorización a largo plazo del salario mínimo;
- Ley 12.440 del 07/07/2011, que estableció el Certificado de Liquidación de Deuda del Trabajo, una iniciativa que ha estado dando buenos resultados;
- Ley 12.506, de 11.10.2011, que establece la notificación proporcional. Se aprobó esta Ley tan excesivamente apresurado a través de la Cámara de Representantes, sin permitir la participación del movimiento sindical y la sociedad en el debate. Creemos que la ley era demasiado tímido y no dadequadamente regula el derecho constitucional a la notificación proporcional. Aún así, consistía en un cierto progreso, aunque bastante por debajo de lo que esperábamos; 
- Ley 12.551, de 15.12.2011 que modifica el art. 6 de CLT, para equiparar los efectos jurídicos de subordinación, ejercidas por medios electrónicos e informáticos que ejercen los medios directos y personales.
- PEC Trabajo Esclavo, que todavía depende de la regulación.

4. Nuevos paradigmas del derecho del trabajo

Como mecanismo para resistir la precarización de varios de los intentos anteriores, y fijar un rumbo que considero adecuado para la legislación laboral en nuestra realidad social, económica y política actual, propongo lo siguiente norte de desempeño y enfoque:

4.1. Ciudadanía Trabajo

En la actualidad encontrar restricciones a la ciudadanía de forma visible distinta trabajador espacios en la producción. Mientras que los sectores productivos más avanzados, oprime al trabajador está usando métodos tecnológicos sofisticados, si coexiste simultáneamente con el trabajo semi-esclavo o esclava en condiciones de pobreza absoluta, donde no hay rastro de la ciudadanía se puede encontrar.
 Considera oportuno para defender el punto de vista de la reivindicación del trabajador como "ciudadano dentro de la empresa" la feliz expresión utilizada por Marcio Tulio Viana, que señala correctamente que la empresa no debe ser visto como "territorio libre, donde el empresario es el principal Señor"[7]

Hablando del gran capital, globalizado y versátil, aboga por la libertad total de empresas, sin embargo, transforma el ambiente de trabajo en el espacio que carece de la ciudadanía: "El mismo hombre que es libre como un ciudadano, no goza de la libertad en su lugar de trabajo - exactamente donde pasa la mayor parte de su vida. (...) Hay, pues, una profunda contradicción entre el libre mercado y la empresa afirma que la propia rigidez jerárquica requiere. Backhaus-expresión de Eger '... es una isla de autoritarismo en un mar de la cooperación espontánea.'"[8] . 

Por lo tanto, debe proporcionar pruebas a la defensa de un "derecho efectivamente comprometidos en la construcción de un mundo más humano."[9] Se hace un intento de presentar la crítica de la deshumanización de los ciudadanos en el lugar de trabajo, en su relación con los titulares de otros medios de producción, con el fin de dar más espacio para su auto, un trabajador[10].

4.2.      Dignidad de la persona humana

 La necesidad de respetar la dignidad del trabajador ha sido analizada como un elemento secundario de la derecha de la obra clásica.[11]  Sólo recientemente esta preocupación comenzó a ser estudiada por eruditos patrióticos y extranjeros.[12] 

 Intentamos postular la aplicación efectiva del principio de la dignidad humana también cosechar en las relaciones laborales, con el fin de proteger adecuadamente a los trabajadores, rompiendo el círculo que aísla al trabajador y el empleador de la arena política en donde la discusión de la ciudadanía cae.[13] 

Las palabras de Aldacy Rachid Coutinho sirven para dar fe de las graves consecuencias que la relación laboral conlleva la dignidad del trabajador: "la conducta dentro y fuera del lugar de trabajo, mientras que controla desde las necesidades de la empresa, se recibe como una herramienta útil y necesaria, interiorizado por el propio trabajador, incluso dando lugar a un sentimiento de culpa individual y colectiva exagerada. Nota que la noción de obediencia va más allá de los límites físicos de la empresa y también su horario de trabajo, para hacerse cargo de la vida, pensamientos, respiraron el aire: Todo en el nombre de la empresa"[14]  

4.3.      La Constitución Federal de 1988 como instrumento de aplicación de la ciudadanía en el trabajo y la defensa de la dignidad humana

La Constitución Federal de 1988, desde su preámbulo, a través de sus principios, por los arts. Primero, tercero, cuarto, quinto, séptimo, octavo, en numerosas secciones, e incluso en el art. 173, proporciona importantes instrumentos de defensa de la dignidad del trabajador.

Debe servir al principio de la dignidad humana, con énfasis subrayado por la Constitución y numerosas normas del derecho internacional como base de la legislación laboral, así como impedimento para la entrada de 1988 en el sistema jurídico brasileño de cualquier dispositivo fresco precarizante.

 El art. en sí mismo 1 de la Constitución Federal coloca el valor social del trabajo, del lado de la dignidad humana, legalmente reconocido como activo y como base para la construcción de un Estado democrático.

 La dignidad de la persona humana, que se refiere el art. 1 de la Constitución Federal de 1988, es el origen de lo que debe venir de la interpretación de la ley, siempre impregnada de la concepción de la obra como un medio de llevar a cabo la justicia social.[15]

Mauricio Antonio Lopes Ribeiro al principio de la inviolabilidad de la dignidad humana es el "punto de partida y de llegada de todo el sistema legal en un estado de derecho."[16] Se supone que el orden y la estructura constitucional guía de todo el ordenamiento jurídico, a partir del texto constitucional. Así es que el trabajo sólo puede ser reconocida como la dignidad de la condición saludable persona humana si se fijan determinadas condiciones que aseguren el acceso adecuado a la misma, y que cumple los requisitos mínimos necesarios para la supervivencia digna.[17]

La interpretación y la aplicación de la legislación laboral están necesariamente limitadas a los principios constitucionales de reconocimiento de la labor y el trabajador como un factor de dignidad inherente de la persona humana. Al elegir a la dignidad humana como fundamento de la República Federativa del Brasil, constitucionalizar los principios de la ley de empleo, con la fuerza y ​​poder darle el trabajo al trabajador y imperatividad, el significado de sistema auto-sustentable de la nación brasileña.

 Esto también significa que la legislación laboral no debe limitarse a reconocer la presencia de las instituciones laborales en el texto de la Constitución, pero para llegar a los resultados posibles más adecuados en la aplicación de la ley para el caso concreto de cómo el trabajo y el trabajador son valorados por el texto constitucional. Tal conducta regla democrática efectiva de la legislación, por lo que los objetivos políticos decididos por la Constitución se logra a través de la aplicación práctica del sistema legal por la propia sociedad.[18]
También hay que tener en cuenta que la resistencia [19]  la flexibilidad en el diseño y la terminación de los derechos laborales exige un papel constante cambio de carácter por parte del movimiento sindical, así como por los juristas progresistas.

 Por último, no se puede olvidar que también una de las maneras más eficaces de defensa de los derechos históricos de los trabajadores consiste en la lucha sindical, con el objetivo "de romper el muro de resistencia instalado en tu mente"[20] , representado por la dominación ideológica ejercida sobre él. Y es precisamente en relación con la lucha sindical que se atrevió a hacer algunas sugerencias en el orden del día.
 
5.      Propuestas para la acción y la reflexión para el movimiento obrero

Atrévete a presentar en este momento camaradas, algunos mecanismos de acción sugeridos y puntos de reflexión para el movimiento obrero, en vista de los debates en las secciones anteriores y teniendo en cuenta las preocupaciones y ansiedades que he experimentado en los últimos años en mi papel como abogado de los trabajadores:

a)      Las consecuencias de la creciente poder de las grandes corporaciones, a expensas del Estado.

Creo que es necesario tener en cuenta la acción sindical que parte considerable de poder en la sociedad fue transferida desde el Estado a las grandes corporaciones. Parte considerable de los movimientos de izquierda y populares no se han adaptado al hecho de que hubo una transferencia brutal de poder de las grandes corporaciones, sus operaciones deberán adaptarse a este cambio. No sólo tiene que pulsar el estado (sea ejecutivo, legislativo o judicial), y dejar que los grandes impunes y inatacadas empresas. Cite algunos ejemplos de ese poder:

• Hoy en día, muchos países compiten para que socava la (así llamada carrera hacia el fondo - "carrera hacia el fondo"), para tratar de atraer a las grandes corporaciones;
• En la actualidad, la mayoría de las 100 concentraciones de riqueza en el mundo, 51 son transnacionales y son sólo 49 estados. Por ejemplo: el Mitsubishi, si fuera un país, sería más grande que el PIB de Indonesia; Ford superar a Sudáfrica y Shell superan Noruega;
• Tal chantaje transnacional del Estado y sus parlamentos, con el fin de conseguir cambios en la legislación para garantizar su impunidad. Y cuando son demandados en los tribunales, tienen la capacidad de litigar durante décadas, el uso de un gran arsenal de abogados y consultores y con las estrategias de aplazamiento se congregaron;

 Los crímenes de las grandes corporaciones a menudo quedan impunes, ya sea por la incapacidad técnica del Estado y la sociedad para castigarlos, o la falta de voluntad política para hacerlo. Tampoco la empresa tiene medios efectivos para defenderse contra el creciente poder de las grandes empresas;

• Hasta hace poco, el empleador amenazó al empleado de la siguiente manera: si usted no es servil y no obeceder ciegamente, que te has ido. Hoy a menudo la amenaza de empleador viene de otra manera: si usted no es servil y obediente, me voy. No sólo este tipo de uniones sufren el chantaje; municipios, los estados y las naciones se someten a esa lógica nefasta;
• Muchas empresas transnacionales se instalan en un país con el fin de succionar sus recursos naturales y sus trabajadores de agotarlos, y luego retirarse (a veces literalmente) de la noche a la mañana, dejando tras de sí un grave daño ambiental y social, numerosas enfermedades profesionales y las muertes tempranas y también el desempleo. Un ejemplo triste y grotesca de la multinacional con este comportamiento puede ser visto en un estudio importante de Estados Unidos, que llegó a filmar en Brasil. Sylverter Stallone, la estrella de la película, dijo en una entrevista en los EE.UU., después de regresar de Brasil, que se ejecutan en el cine en nuestro país dio amplia libertad para el uso de la violencia, con más armas y la destrucción de la mayor importancia. Según el actor, en Brasil, "se puede volar todo el país y todavía decirle 'gracias, y le dará incluso un regalo mono para que usted tome de vuelta a casa.'"
• A menudo las grandes decisiones relativas a los trabajadores se realizan en la sede en el extranjero y no en la rama del país donde reside el trabajador. Esto trae serios desafíos para los sindicatos;

Como medio de hacer frente a esta nueva y desafiante situación, cito algunos aspectos que considero adecuado desempeño:

• Incesante búsqueda de información por parte de los sindicatos con el fin de localizar rápidamente las ilegalidades y crímenes que están comprometidas y capaces de informar sobre ellos al Estado, la OIT y otros foros internacionales, así como a la sociedad;
• Realización de las coaliciones y redes con sindicatos de otros países en los que actúan transnacional, así como otros movimientos populares;
• El uso de los principios y las ideas defendidas por ALAL en su Carta Sociolaboral, disponible en http://www.conjur.com.br/2010-abr-15/carta-latinoamericana-cria-principios-internacionais-pro-trabalhador.

b) Conquistas salariales neutralizados por el capital

Gran parte de los aumentos salariales conseguidos con mucha lucha y sufrimiento por los sindicatos y los trabajadores finalmente regresar a las grandes empresas, a través del abuso de los trabajadores como consumidores. Numerosas ilegalidades cometidas por los bancos, las compañías telefónicas, servicios de electricidad y agua, TV por cable, los monopolios y los cárteles diferentes (como estaciones de gasolina, cemento, etc), y por la propia (las mayores colecciones de impuestos, incluidos en la hoja de estado pago) erosionar los salarios de los trabajadores.

Hay una frase que Celso Furtado se adapta como un guante para tal situación. Creo que la frase es algo como esto: "La elite sólo hace pequeñas concesiones ante grandes presiones de los movimientos populares. Y cuando lo hace, les ha producido el antídoto para eliminar el efecto" Eso es: parte considerable de lo que el trabajador puede aumentar ReaI se toma como un consumidor, ya sea por la ilegalidad, ya sea por la propaganda que te obligan a comprar lo que no necesitan.

 Los sindicatos tienen muchas armas e instrumentos que apenas se utilizan, entre ellos los relacionados con la defensa del trabajador como ciudadano y consumidor. Una de ellas es la posibilidad de presentar por un sindicato para la acción colectiva en nombre de sus representados, incluso fuera del contexto laboral. Otra es la capacidad de la unión, con su amplia reprensatividade, denuncias ante el estado y los medios de comunicación tales ilegalidades.

c) La necesidad de proteger al trabajador y al por menor no sólo al por mayor

 En un país continental como el nuestro, y en una sociedad de masas, en mi experiencia diaria como abogado llegó a la conclusión de que no se puede defender adecuadamente el empleado sólo a nivel individual, a través de demandas laborales.

Esta táctica es como tratar de "hielo seco" porque la mayoría de los trabajadores tienen sus derechos vulnerados por no sólo juzgar el trabajo (ya sea por falta de acceso o información, ya sea por las dificultades prácticas o cuestiones culturales), que estimula desprecio por los empleadores con la legislación vigente.

Y cuando los trabajadores pueden reclamar contra el juez, los empleadores son recompensados ​​con una casi bancarrota: durante años para retrasar, con infinidad de recursos, y al final pueden pagar lo que se le debía desde hace muchos años con tipos de interés bajos (mucho más bajos que los aquellos en el mercado financiero).

 Y tal tragedia no se detiene allí: informó la TST que menos de un tercio de los trabajadores que tienen sus quejas laborales respetados puede recibir efectivo de sus derechos. Esto es debido a graves problemas legales y estructurales existentes en relación con la aplicación de la mano de obra, como la alta rotación de las empresas y la capacidad creativa triste de los empleadores para ocultar ilegalmente su patrimonio.

Para poner fin a este círculo vicioso de la impunidad y para aumentar la efectividad de los derechos laborales, las soluciones tienen que venir de forma sistémica al por mayor. Cito algunas de estas soluciones:
 
• Use las uniones de las acciones colectivas. La Constitución Federal de 1988 otorga amplios poderes al sindicato para defender la categoría, es la representación o el procedimiento de sustitución.
 
Después de años de resistencia por parte de la legislación laboral a dicho nuevo sistema, la Corte Suprema se manifestó claramente en la dirección del procedimiento de sustitución de ancho por los sindicatos, y hoy la TST ha estado aceptando para la discusión de numerosos ejemplos de violaciónes de los derechos laborales con el fin la negociación colectiva por el sindicato. Y en 2011, la TST cambió su jurisprudencia, va a admitir la convicción de que el empleador en honorarios legales en caso de que la acción colectiva sostenida. Sin embargo, un gran número de sindicatos no es el uso adecuado de un poderoso instrumento de acción colectiva tales.
 
• El aumento de los controles, por el Ministerio de Trabajo y Empleo y el INSS. Es imprescindible que el movimiento obrero de prensa el Gobierno Federal y el Parlamento por lo que hay un aumento significativo en el número de poder supervisar adecuadamente y rápidamente empleadores morosos funcionarios públicos, por lo que el desconocimiento de los derechos laborales suceda. Hay un claro fracaso en la cantidad de impuestos y también faltan los instrumentos más eficaces de castigo a los empleadores;
• Comunicación con la sociedad. Informe a la sociedad, ya sea a través de medios de comunicación o medios de comunicación alternativos, y también a través de las audiencias públicas y las aplicaciones a las autoridades responsables pueden servir como un desincentivo para el incumplimiento de los derechos laborales, frente a empresarios temen ser castigados por los consumidores y / o el Estado. Cito algunos ejemplos de éxito de esta estrategia: a) los boicots. Está casi nunca mecanismo en Brasil utiliza, pero ha generado grandes resultados en EE.UU. y en Europa, como es el ejemplo de Nike, Reebok y el fabricante de chocolate Hershey, que se vieron obligados a reducir (aunque no eliminar, por desgracia) ilegalidades practicadas por el castigo de los consumidores; b) la presión exitosa de BNDES, en algunas ocasiones, que no se concedió préstamos sin compromiso no hay despidos.
• Daño moral colectivo y el dumping social. Varias decisiones recientes del Tribunal del Trabajo aplicadas convicciones morales colectivos significativos y también por el daño dumping social en caso de incumplimiento grave y reiterado de los derechos laborales, en detrimento no sólo de los trabajadores sino de toda la sociedad. Sin embargo, es necesario que el Tribunal de Trabajo recibe acciones de tal naturaleza que no el poder judicial no puede actuar de oficio.
• Permitir el uso de estadísticas como evidencia de la discriminación en el proceso de trabajo. Existen diversas circunstancias en las que es posible probar por discriminación estadística existente dentro de una empresa, ya sea en la contratación o despido de empleados por motivos ilegales (como el género, color de la piel o la edad, por ejemplo). El Ministerio de Trabajo ha presentado varias demandas civiles, tratando de prohibir la discriminación contra las mujeres en varios bancos brasileños. Sin embargo, estas acciones no fueron confirmadas debido a que el principal medio utilizado para la prueba (y la única manera efectiva disponible) fue la estadística. Tiene que incluir en nuestra legislación laboral la posibilidad de utilizar este tipo de prueba (empleado con éxito en muchos países), para permitir la discriminación sistemática de combate por los grandes empresarios.

d)    No tener en cuenta que el empleado no puede seguir siendo un "buen negocio"

 Como vimos en la sección anterior, los empleadores que violan las leyes laborales no sufran mayores consecuencias. Por el contrario: están incluso recompensados​​, porque así pueden competir de manera desleal con los empleadores que siguen las leyes laborales. Más proponer algunos mecanismos para reducir la "rentabilidad" de este tipo de ilegalidades empleador:

 Aumento de las multas laborales y el interés aplicable al Tribunal del Trabajo. Abogar por la modificación de la ley de procedimiento laboral, a fin de que el tipo de interés aplicable es significativamente mayor, lo que reduce el incentivo a los valores predeterminados. También es necesario que las multas aplicables para el seguimiento de MTE son bastante más altas que las practica hoy en día por la misma razón;

 Mejora de la eficacia de la ejecución del trabajo. Como se señaló anteriormente, la mayoría de los trabajadores en el Tribunal Laboral de ganar, pero no toman;

 Aumento de la indemnización por accidentes de trabajo y por daños morales.

e)      Derecho a la negociación colectiva, la lucha contra las prácticas antisindicales y garantizar el derecho a la huelga

 Es esencial para cambiar la ley brasileña, al obligar al empleador a negociar colectivamente (y hacerlo de buena fe, bajo pena de condenación para desalentar la repetición de este tipo de comportamiento). La legislación también debe garantizar un amplio acceso de los sindicatos a la información necesaria para la negociación colectiva, y también proporcionar mecanismos eficaces para luchar contra las prácticas antisindicales.
 
Del mismo modo, hay que modificar la Ley de Huelga con el fin de reducir las numerosas barreras para la práctica de la institución primaria para los trabajadores y también para el conjunto de la sociedad (como vimos en la sección anterior). Dicha modificación también debe impedir que esa parte de la Justicia del Trabajo ha estado haciendo hoy: frenar el derecho constitucional a la huelga a través de intervenciones injustificadas, ya sea por declaración de ilegalidad de las huelgas sin razón para ello, ya sea exigiendo altos índices de trabajadores activos (que a menudo es un sencillo programa de huelga el empleador, y por lo tanto inofensivo).
 
f)    Nuevos mecanismos de explotación y apropiación de tiempo libre para trabajar
 
¿Cómo se alertó con propiedad Marcio Pochman hemos experimentado en los últimos años un aumento creciente en la explotación del trabajo a través de las nuevas tecnologías, tales como tabletas, teléfonos inteligentes, computadoras portátiles y otros dispositivos que requieren del trabajador para ser conectado a trabajar fuera de las horas de oficina en que se paga.

 A pesar de la promulgación de la Ley 12.551, de 15.12.2011, que modifica el art. 6 de CLT con el fin de equiparar los efectos jurídicos de la subordinación ejercida por medios electrónicos e informáticos que ejercen los medios personales y directos, todavía se necesita:

• Una legislación clara y justa, prediciendo el derecho del trabajador a las horas extraordinarias en este tipo de situaciones, así como mecanismos para cuantificar el tiempo trabajado;
• Un adecuado tratamiento del tema por parte de los sindicatos, es incluir estos debates sobre la negociación colectiva, es vigilar y frenar los numerosos abusos cometidos por los empleadores en tales situaciones.

 Hace dos meses, confieso que quedé asombrado al leer el artículo en The Economist sobre empresas conservadoras que consideran que incluso la subcontratación sigue siendo demasiado caro. Tales mecanismos de empleadores que se encuentran en la última tecnología para el trabajador óptimo: libre tercerizados sin ninguna paga y paga y no de derechos.

 En lugar del término externalización Inglés (equivalente a la subcontratación), dichas empresas están obteniendo altos rendimientos a través de la externalización de las Naciones Unidas (que, por falta de una traducción adecuada, denominada externalización de forma gratuita). Está sustituyendo los trabajadores de una empresa por los propios clientes, que están dispuestos a responder a las preguntas de otros clientes en línea. La empresa estadounidense Best Buy, el sector minorista de electrónica, calcula que ahorra 5 millones anuales en sueldos que pagar a través de sus 600 000 usuarios en línea  (http://www.economist.com/blogs/babbage/2012/05/future-customer-support).

Y la lectura de dicho asunto me recordó que yo ya soy una víctima durante muchos años (voluntarios, aunque sea por un tiempo inconsciente) un-sourcing. Me convenció mi banco y las compañías aéreas que lo utilizan sería una ventaja para mí que puedo reemplazar parcialmente el trabajo de sus empleados, dedicando mi tiempo libre para hacer el trabajo tan en línea que garantiza el empleo durante muchos años en la banca, agencias de viajes asistentes y líneas aéreas. Este es sólo un ejemplo de los muchos desafíos que el movimiento obrero se enfrentará en los próximos años y décadas, en lo que respecta a las nuevas tecnologías.

7.         Conclusión

Aunque Brasil se avanza en los últimos años en muchos aspectos, la mayoría de los trabajadores siguen siendo tratados de manera autoritaria por los empleadores. Es necesario luchar por la democracia, conseguido con gran lucha y la sangre de los trabajadores también se realizan en la empresa. No hay ninguna razón por la cual el trabajador tiene que salir de la fábrica en su puerta los derechos civiles y políticos, así como su integridad física y mental y su dignidad, para comenzar su día de trabajo. A esto hay que abandonar definitivamente la visión del jefe como dueño absoluto del lugar de trabajo.

 Es con este objetivo que abogan por la aplicación efectiva del principio de la dignidad humana como una parte central de la legislación laboral, rompiendo el círculo que aísla el trabajador y el empleador de la arena política en donde la discusión de la ciudadanía cae. Para ello, se utilizó el instrumento proporcionado por el constitucionalismo moderno, permitiendo la aplicabilidad efectiva de la Constitución Federal de 1988 en las relaciones laborales.

 No se puede tratar al trabajador como sujeto a precio de mercado normal, cuando desechable usted no paga más por fin. La lucha por el respeto a la integridad del trabajador también se esfuerza por recordarle a la sociedad los principios fundamentales de la solidaridad y el mejoramiento humano, que a su vez se señala en el documento jurídico / político que es la Constitución.

 El derecho del trabajo, en su más amplio sentido y cómo legal modelo de estructura, proyecta una sociedad en la que la gran mayoría trabaja para ganarse la vida. Por lo tanto, es suficiente con considerar el derecho laboral de un país para saber qué tipo de sociedad y la economía que existe, y cuáles son las perspectivas de una sociedad como civilizadores avances.

Esta percepción -que el destino de los trabajadores es el principal problema para el destino de nuestra sociedad- es el ideal fundacional de la legislación laboral[21]. Y la existencia de los derechos laborales de grandes y respetados en la práctica es parte esencial de cualquier esfuerzo exitoso para construir una sociedad justa, democrática e inclusiva. También es relevante para un conjunto de políticas de parte necesaria para cualquier sociedad para buscar el desarrollo sostenible eficaz[22].

Fue con estos objetivos que se atrevieron a presentar camaradas las sugerencias anteriores, con el objetivo de elevar el debate y contribuir a los debates que considero relevantes.

Algunos consideran inapropiado para presentar reclamaciones en tiempos de tormentas y grandes desafíos. Algunos consideran que en estos momentos de viento sería más apropiado para reducir las demandas y tratar de garantizar los derechos existentes. Argumentan que durante cuclillas vendaval obligada, a raíz de la sabiduría de la palma de la mano durante una tormenta, y cuando el viento llega a pasar el tiempo para levantarse de nuevo.

 Sin embargo, cuando la legislación laboral se agacha, la gente se agacha. Y cuando la gente está en cuclillas demasiado tiempo, se acostumbra a ponerse de pie.

 Y hay personas que, durante la crisis y los fuertes vientos, que decidan levantar banderas y construir molinos de viento, y por lo tanto utilizar el viento para avanzar y crear un mundo mejor y más justo.[23]
Es el momento de los molinos [24] y no hay palmeras.
 
* La ponencia original esta en Portugues, sin embargo con la autorización del autor la misma fue “traducida con el sistema google”. 


[1] SANTOS, Milton. A aceleração contemporânea: tempo mundo e espaço-mundo. In: DOWBOR, Ladislau et alii. Desafios da globalização. Petrópolis: Vozes, 1997. p. 192-193.
 
[2] SKINNER, Quentin. As fundações do pensamento político moderno. São Paulo: Companhia das Letras, 1996. p. 10.
[3] FORRESTER, Viviane. O horror econômico. São Paulo: Unesp, 1997. p. 7.
[4] WARAT, Luis Alberto. Eco-cidadania e direito. In: Revista Seqüência, Florianópolis, n. 28, p. 102-103, jun. 1994.
[5] NASCIMENTO, Elimar Pinheiro do. Globalização e exclusão social: fenômenos de uma nova crise da modernidade?. In: ARRUDA JÚNIOR, Edmundo Lima de (org.). Globalização, neoliberalismo e o mundo do trabalho.  Curitiba: Edibej, 1998. p. 241.
[6] CATHARINO, José Martins. Neoliberalismo e seqüela. São Paulo: LTr, 1997. p. 19-20.
[7] VIANA, Márcio Túlio. Direito de resistência: possibilidades de autodefesa do empregado em face do empregador. São Paulo: LTr, 1996. pp.114-116. “El efecto, el concepto de ciudadanía no se agota en la tradicional nocíon jurídica constitucional, de pertenencia a um Estado, com derechos y obligaciones políticas.” Há também outra noção de cidadania: “la de ciudadanía laboral o sindical, que supone la efectiva participación de los trabajadores en tanto tales - ya no solo on cuanto individuos abstractos. Esta forma da la ciudadanía supone para cada trabajador individual, la possibilidad de participación intrasindical y en la empresa, así como, para el sindicato, el derecho de participación en sentido amplio: negociación colectiva, participación institucional y concertación social:” (URIARTE, Oscar Ermida. La ciudadania laboral en el Mercosur. In: LIMA e SILVA, Diana de; PASSOS, Edésio Franco (coords.) Impactos da globalização: relações de trabalho e sindicalismo na América Latina e Europa. São Paulo: LTr, 2001. p. 45).
[8] VIANA, op. cit., p. 120.
[9] COELHO, Luiz Fernando. Lógica jurídica e interpretação das leis. 2a. ed. Rio de Janeiro: Forense, 1981. p. 340.
[10] MAAR, Wolfgang Leo. Uma nova sociabilidade. Resenha da obra “Os Sentidos do Trabalho” (de Ricardo Antunes). Folha de São Paulo, 13 de maio de 2000. Jornal de Resenhas, p. 5.
[11] RIVAS, Daniel. La subordinación. Critério distintivo del contrato de trabajo. Montevideo: Fundacion de Cultura Universitaria, 1996. p. 106.
[12] MANTERO, Fernando Elías. El contrato de trabajo: situación actual. Vox Juris, Lima, p. 102, 1997.
[13] SARLET, Ingo Wolfgang. A Eficácia dos Direitos Fundamentais. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2001. p. 110.
[14] COUTINHO, Aldacy Rachid. Poder punitivo trabalhista. São Paulo: LTr, 1999. p. 70.
[15] PITAS, José Severino da Silva. Questões práticas relevantes. Revista do Tribunal Regional do Trabalho da 24a. Região, Campo Grande, n. 5, p. 152-153, 1998.
[16] LOPES, Maurício Antonio Ribeiro. Princípio da legalidade penal. Projeções contemporâneas. Revista dos Tribunais, São Paulo, v. 1, p. 102, 1994.
[17] NORONHA, João Walge da Silveira. A valorização do trabalho como condição de dignidade humana. Direito e Justiça, Porto Alegre, v. 21, p. 165, 2000.
[18] JUCÁ, Francisco Pedro. A constitucionalização dos direitos dos trabalhadores e a hermenêutica das normas infraconstitucionais. São Paulo: LTr, 1997. p. 111.
[19] “O ato de resistência possui duas faces. Ele é humano e é também um ato de arte. Somente o ato de resistência resiste à morte, seja sob a forma de uma obra de arte, seja sob a forma de uma luta entre os homens”. (DELEUZE, Gilles. O ato de criação. Folha de São Paulo, 27 jun. 1999. Caderno 5, Mais, p. 5).
[20] GENRO, Tarso Fernando. Contribuição à crítica do direito coletivo do trabalho. São Paulo: LTr, 1988. p. 50.
[21] D. A. SILVERS, “How a low wage economy with weak labor laws brought us the mortgage credit crisis”. Berkeley Journal of Employment and Labor Law, vol. 29, n° 2, 2008, p. 455.
[22] B. LANGILLE. “Globalization and the Just Society”. Globalization and the future of labour law, in J. D.R. CRAIG and S. M. LYNK (eds.), Cambridge University Press, 2006, p. 297.
[23] ACKERMAN, Mario. “Reflexiones en torno de la dependencia laboral y la descentralización empresaria de cara a la legislación y jurisprudencia argentina". Disponível em http://www.juridicas.unam.mx/inst/evacad/eventos/2004/0902/mesa6/153s.pdf
[24] Fico à disposição no email maxgarcez@advocaciagarcez.com.br para receber críticas, sugestões e comentários.